El Consejo de Administración de la Agrupación de Vivienda Mirador del Campanario, Propiedad
Horizontal, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y en cumplimiento de lo dispuesto
en la Ley 675 de 2001, así como en concordancia con el reglamento de propiedad horizontal vigente.
Para está convocatoria podrán participar tanto quienes ostenten la calidad de propietarios dentro de la
agrupación, como aquellos que no ostenten dicha condición, siempre que acrediten el cumplimiento
de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo, así como la idoneidad, experiencia y  competencias
necesarias para una adecuada gestión administrativa, financiera y operativa de la copropiedad.

By ADMIN

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